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¿En qué momento estás ahora mismo?

Elige tu situación actual y te damos lo esencial: qué hacer ya, y a quién acudir. Si quieres el detalle completo de todo el proceso, te llevamos también a la guía completa.

Tu momento ahora mismo

Estoy de baja

Acabas de empezar un proceso de incapacidad temporal. Esta fase puede durar hasta 545 días (18 meses).

Qué hacer ahora

  • Guarda todos tus informes y partes médicos desde el primer día.
  • Acude a todas las citas de seguimiento de tu médico o la Mutua.
  • Revisa tu buzón electrónico: la Seguridad Social notifica de forma digital.

A quién acudir

  • Tu médico de cabecera (enfermedad común) o la Mutua (accidente de trabajo).
  • A partir del día 365, el INSS.
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Voy al Tribunal Médico

Te han citado para la valoración del EVI (Equipo de Valoración de Incapacidades). Es el paso clave antes de la resolución.

Qué hacer ahora

  • Lleva todos tus informes médicos actualizados.
  • Describe tu peor día, no tu mejor día — es lo que se valora.
  • No es un juicio, es una valoración médico-laboral.

A quién acudir

  • El EVI, dentro del INSS.
  • No es obligatorio ir con abogado en esta fase.
Tu momento ahora mismo

Estoy esperando resolución

Ya has pasado la valoración y ahora toca esperar la decisión oficial del INSS.

Qué hacer ahora

  • El plazo máximo es de 135 días hábiles (unos 6 meses).
  • Puedes consultar el estado de tu expediente en la Sede Electrónica.
  • Si pasan los 135 días sin respuesta, ya puedes reclamar (silencio negativo).

A quién acudir

  • Sede Electrónica de la Seguridad Social (sede.seg-social.gob.es).
  • App oficial "Seguridad Social".
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Me la han denegado

Has recibido una resolución negativa, o el grado reconocido no es el que corresponde. Todavía tienes vías para reclamar.

Qué hacer ahora

  • Presenta la reclamación previa en 30 días hábiles.
  • Aporta cualquier informe médico nuevo que no se valorara antes.
  • Si también la deniegan, queda la vía judicial (30 días hábiles más).

A quién acudir

  • Reclamación previa: directamente ante el INSS.
  • Vía judicial: Juzgado de lo Social, con abogado o graduado social (aquí sí obligatorio).
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Me la han concedido

Te han reconocido un grado de incapacidad permanente. Esto es lo que conviene saber a partir de ahora.

Qué hacer ahora

  • Comprueba qué grado te han reconocido y qué implica.
  • Revisa si puedes compatibilizar la pensión con otro trabajo.
  • Guarda la resolución: en ella se fija el plazo orientativo de revisión.

A quién acudir

  • Sede Electrónica, para consultar pagos y datos de tu prestación.
  • El INSS, si tu situación cambia (mejora o empeora) más adelante.